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ENERGÍA ELÉCTRICA

La secretaría de Energía de la Nación le sigue quitando facultades a CAMMESA para regular el mercado eléctrico.

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La Resolución 150/2024 publicada hace instantes en el Boletín Oficial establece la derogación de la resolución la Resolución N° 2.022 de fecha 22 de diciembre de 2005 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

«La situación descripta ha tornado imprescindible para el gobierno actual adoptar medidas urgentes que permitan superar la situación creada por las excepcionales condiciones económicas y sociales mencionadas, por lo cual, a través del Decreto N° 70 de fecha 20 de diciembre de 2023, el PODER EJECUTIVO NACIONAL declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025.

Que como consecuencia del esquema de funcionamiento estipulado mediante la Resolución N° 2.022/05 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, CAMMESA realizó operaciones, entre las que se destaca la suscripción de contratos por instrucciones regulatorias, bajo la premisa de actuar en representación de los agentes del MEM y/o del MEM en su conjunto.

Que asimismo, la efectiva aplicación de dicha resolución importó durante su vigencia afectar relaciones con terceros ajenos al MEM con el compromiso exclusivo de fondos creados en el ámbito del MEM bajo la administración de CAMMESA (mandato regulatorio) y/o afectar relaciones con terceros ajenos al MEM con el compromiso de fondos creados en el ámbito del MEM bajo la administración de CAMMESA y de fondos específicos destinados a financiar y/o garantizar las operaciones que se derivan de la instrucción impartida con aportes del FONDO UNIFICADO con destino al FONDO DE ESTABILIZACIÓN del MEM (instrucción Por Cuenta y Orden).

Que lo señalado en los párrafos precedentes resultó en una aplicación extensiva al fin de la estabilización de precios asignado al FONDO UNIFICADO conforme las disposiciones de los Artículos 36 y 37 de la Ley N° 24.065, tal como dan cuenta las modificaciones normativas establecidas mediante el Artículo 19 de la Ley N° 26.422 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009 a la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).

Que la Resolución N° 2.022/05 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA fue dictada en circunstancias económicas diversas a las actuales, y en un contexto de funcionamiento del sector eléctrico que no se condice con los principios y reglas de la Ley N° 24.065.

Que es de público conocimiento que nuestro país se encuentra atravesando una situación de inédita gravedad, generadora de profundos desequilibrios socioeconómicos y que la severidad de la crisis pone en riesgo la subsistencia misma de la organización social, jurídica y política constituida, afectando su normal desarrollo.

Que en razón de ello, el PODER EJECUTIVO NACIONAL, mediante el Decreto N° 55 de fecha 16 de diciembre de 2023, declaró la emergencia del Sector Energético Nacional en lo que respecta a los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal y de transporte y distribución de gas natural que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024.

Que en función de la efectiva situación de emergencia reconocida y así declarada por el Decreto N° 55/23, resulta indispensable coordinar y clarificar la actuación de los distintos entes estatales y de las empresas públicas y privadas del sector energético para lograr el abastecimiento de manera adecuada y, en caso de ser necesario, para tomar las medidas para minimizar el impacto socioeconómico, maximizar la eficiencia de las medidas y reducir el costo económico del funcionamiento del sector.

Que la situación descripta ha tornado imprescindible para el gobierno actual adoptar medidas urgentes que permitan superar la situación creada por las excepcionales condiciones económicas y sociales mencionadas, por lo cual, a través del Decreto N° 70 de fecha 20 de diciembre de 2023, el PODER EJECUTIVO NACIONAL declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025.

Que como parte de las medidas a adoptar es necesario encauzar gradualmente al Sector Eléctrico Nacional con los principios rectores contenidos en las Leyes Nros. 15.336 y 24.065 que integran el Marco Regulatorio Eléctrico, hacia mecanismos de eficiencia en el costo de generación y su remuneración asociada, promoviendo un régimen de mayor libertad y competencia en el MEM, en consonancia con la actual política energética a los fines de reducir la intervención del ESTADO NACIONAL, propiciando un mercado en el que la oferta y la demanda realicen transacciones libremente, regulado por normativas que promuevan su funcionamiento autónomo y competitivo, contribuyendo a una mayor eficiencia y sostenibilidad económica.

Que, así las cosas, el ordenamiento del sector eléctrico importa dejar sin efecto esquemas normativos que no se condicen con los principios antes señalados, y que implican un involucramiento excesivo del ESTADO NACIONAL y/o CAMMESA en la operatividad y en el funcionamiento del MEM bajo la aplicación de la Resolución N° 2.022/05 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA por lo que se considera oportuno y conveniente proceder a su derogación.

Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia (IF-2024-70402697-APN-DNRYDSE#MEC).

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 37 de la Ley N° 15.336, los Artículos 35, 36 y 37 de la Ley N° 24.065, el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y los Decretos Nros. 55/23 y 70/23.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Derógase la Resolución N° 2.022 de fecha 22 de diciembre de 2005 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

ARTÍCULO 2°.- Notifíquese la presente medida a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICA SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

La traducción No técnica es la siguiente: El Estado esta dejando de regular el mercado eléctrico Nacional para «Liberar la competencia» entre los jugadores del mercado, juego que no es ni mas ni menos la monopolicación o cartelización de la energía en Generación, transporte y distribución, trasladando los costos a los consumidores sin intervencion de CAMMESA como órgano ordenador nacional.

Firma la resolución: Eduardo Javier Rodriguez Chirillo

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/310277/20240710

www.bocadepozo.com.ar

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