ANÁLISIS Y OPINIONES
Oportunidad para incorporar la transparencia
Por: Favio Casarin
Por estos días se celebró el Día de la Minería, en homenaje a la 1ra. Ley de Fomento Minero sancionada por la Asamblea del 7 de mayo de 1813.
Una ley ambiciosa, que aquellos hombres de la Revolución de Mayo proyectaron a sabiendas de lo que en el futuro necesitaría la incipiente Nación para descolonizarse.
Lamentablemente, esas ideas en materia minera, nunca se han podido concretar, y aún hoy discutimos si continuamos con una minería de tinte colonial, o la aprovechamos para beneficio propio.
La conmemoración incluirá festejos, degustaciones culinarias y discursos de ocasión, repetitivos y estériles, con frases gastadas e inconvincentes, en distintos escenarios, donde predominarán las mismas miradas sobre la minería. Tal vez con un poco de make up, eso sí, para mostrarse a la moda de los tiempos que corren.
Una de las tendencias serán sin dudas las frases como “somos la madre de industrias”; “podemos salvar la economía del país”; “damos empleo en blanco y bien pago”; “compartimos la cordillera con un país minero como Chile”. Y obvio, no faltarán “los miles de millones de dólares en inversiones que van a venir”, como ya anticipara hace unos días un subsecretario, tirando sin sustento una cifra de USD 25.000 millones “que pueden llegar a USD 33.000 si se destraban proyectos en provincias sin licencia social”. Como si la licencia social, se comprara en un almacén, o si las leyes prohibitivas a la minería en Chubut y Mendoza se pudieran derogar con filosofía barata y zapatos de goma desde el microcentro porteño. Fácil es hablar, total nadie le reclamará en el futuro semejante furcio imaginativo. No nos sumamos a esta tendencia, por resultar irresponsable y poco seria.
Otra de las corrientes, será la que pondrá en marcha el aparato mediático de la corporación minera, sin tantas cifras ahora, pero en modo de enésimo reclamo a las autoridades de gobierno por mayores beneficios fiscales en aras de la tan mentada “competitividad para atraer inversiones”. Tampoco nos sumamos, por carecer el mismo de rigor científico-técnico. Y también, porque en estas épocas es momento de ofrecerle al país, y no tanto de pedirle.
Desechadas las posturas anteriores, siempre hemos elegido –a decir verdad-, desde estas columnas, encarar y proponer acciones de fondo, a los fines de revertir la tendencia decadente y anquilosada de la minería metalífera de los últimos 10 años.
En ese sentido, hemos señalado que un país minero –o con ambiciones de serlo, o al menos de crecer en ese sentido-, se construye con diálogo incorporando a todos los sectores sociales, por un lado. Y por el otro con una fuerte presencia del Estado Nacional, donde la actividad minera constituya política de estado, con autonomía de rango ministerial y con Estados – Nacional y Provinciales- activos, y no como meros otorgantes de concesiones o de oficinas de reclamos.
El modelo minero instalado desde hace tiempo por la corporación minera y aceptado por las autoridades desde la pasada década, es bastante distinto: una minería puramente extractiva, unitaria y fragmentada en las provincias donde se pueda, sin participación pública, y ausencia del gobierno nacional, reducido a una secretaría de minería de la nación con funciones estadísticas.
Así la cosas, están planteados dos modelos de minería Modelo 1: extractivo – unitario y fragmentado – privado transnacional Modelo 2: industrial – nacional y federal – público y
Privado El Modelo 1, si bien ha fracasado desde el punto de vista productivo y ha provocado conflictos sociales y el rechazo de gran parte de la sociedad, es desde hace muchos años –y al menos por ahora- el vigente. El Modelo 2, es el que más temprano que tarde se impondrá, por resultar el que refleja el interés de la mayoría de los ciudadanos (industria, trabajo, sustentabilidad). No es cierto que la gente rechaza la minería, o que no la entiende, o que cree en mitos.
Rechaza una forma de hacer minería, que es la que refleja el Modelo 1. La gente entiende, y más, de lo que muchos creen.
Los motivos por cuales habría que darle un giro copernicano al Modelo 1 y pasar al 2, han sido explicados en sucesivas entregas desde estas columnas, a las que el interesado puede recurrir. Por ello, en honor a la brevedad, y a la celebración del día de la minería, intentaremos brindar algunas ideas que contribuyan un poco a la mejora dentro del actual y alicaído modelo extractivo-unitario y fragmentado- privado transnacional.
Entonces, un motivo por el cual el Modelo 1 puede mejorarse, es dotarlo de mayor transparencia. Pero en el sentido literal y contundente. Transparencia no es mostrar lo que uno quiere y en la oportunidad que se desea, u obligado por las circunstancias, o como estrategia publicitaria. Transparencia es mostrar todo en el momento en que se produce, y también, todo aquello que en algún momento quisimos ocultar.
Recientemente el Gobernador de Catamarca, Raúl Jalil, en declaraciones reproducidas en distintos medios y refiriéndose al litio, expresó que “el precio no es tan transparente, estamos trabajando con el ministro Kulfas para poner un valor mínimo”. Es decir, el propio gobernador de una provincia que exporta litio, no conoce el precio al que el concesionario lo vende.
Parece de ciencia ficción, pero es real. ¿Qué clase de minería es ésta?.
Y no sucede solo con el litio, vayamos a otro metal: ¿A qué precio vende el oro Veladero?; ¿A quién se lo vende?; ¿Cómo lo vende?; ¿Cuál es la ruta del oro, una vez que se embarca?; ¿Cómo, dónde y cuándo percibe los pagos?.
Este sincericidio de Jalil, nos lleva a incursionar en un concepto clave, que no resulta a menudo explicado, y es lo que se entiende por concesión minera. Una concesión, es un acto administrativo mediante el cual la Administración Pública otorga el derecho de explotación sobre determinados bienes y servicios a una empresa, habitualmente de gestión privada. No existe en una concesión, transferencia de dominio, es decir la propiedad del recurso mineral sigue siendo de la provincia.
En consecuencia, conocer por todos los ciudadanos sobre el uso y destino de los bienes públicos, no es solo una contribución que la industria minera debe realizar en pos de la transparencia de la actividad.
Es un derecho que los ciudadanos poseemos, que en ningún modo hemos transferido en el acto concesivo.
Más aún en la actividad minera, que por el Artículo 13 del Código de Minería, es declarada de utilidad pública.
En este nuevo aniversario del Día de la Minería, es buena la oportunidad para deconstruir, proponer y que todas las piezas del armando minero dejemos de lado las diferencias y mezquindades, pero antes, debemos bregar por la tan mentada transparencia. Aquí algunos ejemplos, por los cuales podemos –deberíamos- comenzar mañana mismo, y será tarea de la autoridad de aplicación y del concesionario, en cada caso y según corresponda:
-El acceso público a los expedientes mineros.
Digitalizar y poner a disposición vía catastro online todos los expedientes completos, desde un pedimento de un cateo hasta una concesión, con libre acceso para cualquier ciudadano, aún sin ser parte del expediente, y sin ninguna necesidad de petición previa o de registro.
-Publicidad de todas las actas de inspección y de incidentes técnicos y ambientales formalizadas por la policía minera de cada provincia.
-Todos los informes de impacto ambiental completos, actas de asambleas comunitarias,
evaluaciones de impacto ambiental y las declaraciones otorgadas por la autoridad de aplicación, deben ser publicados, a través de la web de los interesados y de la autoridad pública.
-Todas las órdenes de compra y los contratos de Venta y exportación de minerales, deben estar digitalizados y publicados por la autoridad de aplicación. Con la correspondiente fiscalización por la autoridad,cantidades, precio, comprador, destino, modalidades, formas y plazos de pagos. Esto debe incluir el monto de las regalías, deducciones, impuestos y cargas fiscales abonadas a la provincia y a la nación. Recordando que no se trata de contratos entre privados, se trata de comercialización de bienes públicos, otorgados en concesión.
– Idéntico proceder debe suceder con todos los trámites de solicitudes de beneficios fiscales y promocionales solicitados por imperio de la Ley N° 24.196 de Inversiones Mineras.
Si alguna autoridad minera provincial, o la nación, o los concesionarios, no están en condiciones de publicar esto inmediatamente, es debido a que los deberes se hicieron mal. Si se hicieron mal, a corregirlo. La industria, no puede esperar más. Y, lo más importante, es un derecho de todos los ciudadanos.
Favio Casarín
Geólogo y Abogado
Fuente: Prensa GeoMinera