SOBERANÍA
Tierra del Fuego: El Fiscal del Estado intimó al gobierno a explicar el amarre del petrolero Inglés en el Puerto de Ushuaia
Le dio 15 días para que informe sobre las autorizaciones y la fiscalización del petrolero británico tanto en Cullen como en el puerto de Ushuaia. Exige expedientes, actas de inspección, cruces de datos con Prefectura y la postura jurídica del Ejecutivo sobre la Ley Gaucho Rivero y el poder de policía hidrocarburífero en la monoboya norte.
El escándalo desatado por la presencia y las operaciones de carga del buque tanque de bandera británica VS PROMISE en Tierra del Fuego derivó formalmente en el ámbito del control judicial-administrativo. El Fiscal de Estado de la Provincia, Virgilio Martínez de Sucre, remitió este miércoles al gobernador Gustavo Melella un exhaustivo petitorio mediante el cual le otorgó un plazo perentorio de quince (15) días para remitir un informe documentado que clarifique la totalidad de las actuaciones del Poder Ejecutivo vinculadas al navío.
La intervención del órgano de control de la legalidad pública se originó a partir de una denuncia formal, radicada bajo el Expediente F.E. N.º 48/26, caratulado «S/DENUNCIA PRESUNTO BUQUE DE BANDERA BRITÁNICA EN EL PUERTO DE USHUAIA». La Nota F.E. N.º 251/26 ingresó formalmente por la mesa de entradas de la Gobernación a las 13:01 del 26 de agosto bajo el registro N.º 691.
El requerimiento integral: los 5 puntos exigidos al Gobernador
El petitorio cursado por Martínez de Sucre demanda que el Ejecutivo, con intervención previa del Servicio Jurídico de la Gobernación, aporte expedientes físicos y digitales, resoluciones, actas y comunicaciones oficiales respondiendo a los siguientes requerimientos:
REQUERIMIENTOS CLAVE DE LA FISCALÍA DE ESTADO
1. REGISTROS HISTÓRICOS Y ACTUALES: Operaciones en Cullen y Ushuaia.
2. NOTIFICACIONES PREVIAS: Trámites de agencias, TotalEnergies o Nación.
3. AVALES Y ACTOS ADMINISTRATIVOS: Funcionarios que autorizaron el ingreso
4. PODER DE POLICÍA EN CULLEN: Actas de carga, manifiestos y Ley 852.
5. MECANISMOS DE CONTROL: Protocolos y cruces de datos con Prefectura.
- 1. Registros de operaciones y practicaje: Solicita que, por intermedio de la Secretaría de Energía e Hidrocarburos y áreas con incumbencia, se informe si constan registros de amarre, despacho, operaciones o servicios de practicaje del buque en el Puerto de Ushuaia o en la monoboya de Cullen, tanto en el presente año como en períodos anteriores, remitiendo copias certificadas.
- 2. Consultas y pedidos de viabilidad: Exige transparentar si el Gobierno provincial recibió notas, correos oficiales o solicitudes de agencias marítimas, de la operadora del yacimiento en Cullen (TotalEnergies) o de autoridades federales para autorizar o viabilizar la operatoria del tanquero.
- 3. Actos administrativos y avales otorgados: Pide determinar de forma precisa si algún ministerio, secretaría u organismo provincial otorgó —de manera expresa, tácita, verbal, escrita o digital— algún aval, conformidad, autorización o «no objeción» para el ingreso del barco a aguas fueguinas y a la monoboya de Cullen, demandando copia de minutas, correos electrónicos y expedientes.
- 4. Poder de policía y fiscalización en la monoboya: Martínez de Sucre pone la lupa sobre las competencias provinciales en la costa atlántica norte: requiere que se informe el criterio jurídico sobre si estas operaciones exigen habilitación previa y demanda el envío del acta de inspección de la carga, el manifiesto del crudo autorizado, la identificación formal de la empresa que contrató el navío y el marco normativo de control frente a lo establecido por la Ley Provincial N.º 852 («Ley Gaucho Rivero»).
- 5. Protocolos de control y cruce de datos: Exige precisar qué medidas concretas de constatación fehaciente, cruce de datos con la Prefectura Naval Argentina, la Dirección Provincial de Puertos, el Ministerio de Producción y Ambiente y la Secretaría de Pesca, o requerimiento de declaraciones juradas a capitanes y agencias marítimas realiza la Provincia para verificar el cumplimiento del artículo 2° de la Ley N.º 852 antes de consentir cualquier maniobra logística.
La fiscalización provincial bajo la lupa institucional
La iniciativa de la Fiscalía de Estado neutraliza los intentos del Ejecutivo de justificar la presencia del petrolero como un evento fortuito o de exclusiva responsabilidad de las autoridades nacionales. Al requerir las actas de fiscalización de la Secretaría de Hidrocarburos, las intervenciones de la Dirección Provincial de Puertos y los manifiestos de despacho, el organismo de control busca verificar si la Provincia convalidó administrativamente la operatoria antes de que se produjera la controversia pública.
Con un plazo legal fijado en 15 días hábiles, el gobierno fueguino deberá responder con documentación de respaldo cómo se autorizó la salida del crudo y qué mecanismos institucionales se omitieron o ejecutaron durante el paso del VS PROMISE por las costas de Tierra del Fuego.
EL REQUIERIMIENTO DEL FISCAL DE ESTADO DE TIERRA DEL FUEGO




Fuente: agendamalvinas.com.ar
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