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ENERGÍA

Ley de Hidrocarburos: Exportación de producción incremental, dólares y eximición de impuestos. Punto por punto cada capítulo.

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La ley permitirá exportar hasta el 50% de la producción incremental, el acceso a dólares por parte de las empresas y fuertes reducciones de impuestos.

La Ley de Promoción de Inversiones Hidrocarburíferas prevé amplios beneficios para las empresas y prevé un horizonte de estabilidad de los incentivos de 20 años.

Según detalló la Secretaría de Energía a cargo de Darío Martínez, la norma que se comenzará a debatir en el Senado la próxima semana tiene ochos objetivos principales:

  •  1 – Incrementar la Producción e Industrialización de hidrocarburos
  •  2 – Escalar las Exportaciones de Petróleo y Gas Natural
  •  3 – Aumentar el ingreso de divisas y fortalecer las reservas del BCRA
  •  4 – Incorporar Valor Agregado Nacional y Regional Garantizar el autoabastecimiento
  • 5 – Garantizar el Autoabastecimiento
  •  6 – Promover el Desarrollo Regional
  •  7 – Fortalecer las Finanzas Provinciales por mayores Regalías e Ingresos tributarios
  •  8 – Promover la Perspectiva de Género dentro del sector Hidrocarburífero
  •  9 – Potenciar los Planes de Sustentabilidad Energética

«En un mundo y una economía global donde prima la incertidumbre, la Ley de Promoción de Inversiones Hidrocarburíferas trae previsibilidad, estabilidad y reglas claras», subrayaron desde la cartera energética.

La ley traduce esa previsibilidad en la vigencia a 20 años de los incentivos los incentivos o tratamientos diferenciales tributarios, arancelarios y cambiarios, destacando la «estabilidad tributaria federal» que conlleva esa medida.

¿Cuáles son los incentivos para las empresas que inviertan?

Entre los beneficios se destacan la exportación garantizada del 20% al 50% de la producción incremental de cada empresa, escalando en función de:

  • Crecimiento de la Producción Total Nacional
  •  Participación de cada empresa en la cobertura del mercado interno
  •  Reversión del declino de la producción convencional de cada empresa
  •  Incremento de su propia producción
  •  Proporción de pozos inactivos puestos a producir contratando pequeñas empresas
  •  regionales

Pero además habrá libre disponibilidad de dólares en el mercado de cambios del hasta 50% de la exportación garantizada, que escala en función de:

  • Participación de cada empresa en la cobertura del mercado interno
  •  Proporción de pozos inactivos puestos a producir contratando pequeñas empresas regionales

Asimismo, la ley prevé una reducción del Impuesto a las Ganancias para incentivar la asociatividad empresaria, a la que se accederá por la cesión parcial de la participación en un área concesionada en un nuevo socio.

El proyecto plantea una institucionalización del Plan Gas.Ar vigente por 20 años más con ciertas condiciones, lo que permitirá:

  • Contractualización mínima de 3 años
  •  Previsibilidad en el Precio
  •  Garantía de Volúmenes Comercializados
  •  Exportaciones en Firme
  •  Libre disponibilidad de divisas del 50% de las Exportaciones
  •  Eximición del Impuesto a las Ganancias por la cesión parcial
  •  de la participación en un área concesionada

Beneficios para proyectos especiales

La ley también incorpora un Régimen para Proyectos Especiales para fomentar inversiones privilegiadas de pequeñas empresas, en Áreas Marginales, en cuencas con declinación productiva, en industrialización en origen y para exploración y explotación de áreas convencionales. Para la elaboración y aprobación de estos proyectos se solicitará la participación directa de las provincias productoras de hidrocarburos.

Los beneficios para los proyectos especiales serán tributarios, arancelarios y cambiarios.

  •  En primer lugar, promueve una amortización acelerada en Impuesto a las Ganancias y devolución del I.V.A sobre las inversiones asociadas al proyecto.
  • En segundo lugar habrá hasta 40% de reducción de aranceles de importación para bienes no producidos en el país
  • En tercer lugar se garantiza el acceso al Mercado Único y Libre de Cambios por hasta 25% durante cuatro años de las divisas efectivamente ingresadas para financiar el proyecto.

¿Cuáles son los considerados proyectos especiales?

Exploración y Sísmica para Explotación Convencional

  •  Inversión Mínima: USD 6 MM
  • Plazo Máximo: 3 años

Refinación e industrialización de Hidrocarburos en la cuenca de origen

  •  Inversión Mínima: USD 10 MM
  • Plazo Máximo: 3 años

Almacenamiento subterráneo de Gas, o infraestructura portuaria para exportación, transporte, o mejoramiento o ampliación de la existente

  •  Inversión Mínima: USD 30 MM
  • Plazo Máximo: 3 años

GNL: medianas inversiones en tratamiento, licuefacción, comercialización, almacenaje móvil o estacionario, transporte, utilización y fabricación de equipos

  •  Inversión Mínima: USD 50 MM
  • Plazo Máximo: 3 años

Explotación de Petróleo o Gas Natural de origen Convencional o con recuperación secundaria y/o terciaria

  •  Inversión Mín.: USD 100 MM
  • Plazo Máximo: 4 años

Industrialización, separación, fraccionamiento, tratamiento, almacenaje, transporte y/o refinación de Hidrocarburos y derivados

  •  Inversión Mín.: USD 300 MM
  • Plazo Máximo: 5 años

Explotación de origen No Convencional para la producción de Gas Natural y Petróleo

  •  Inversión Mínima: USD 300 MM anuales
  • Duración Mínima: 5 años

Proyectos conjuntos de producción de Petróleo y Gas

  •  Inversión Mínima: USD 200 MM anuales
  • Duración Mínima: 5 años

Grandes proyectos de infraestructura de transporte, almacenaje e industrialización de HC que utilicen Gas Natural como materia prima de su proceso industrial

  •  Inversión Mín.: USD 1200 MM
  • Plazo Máximo: 5 años

Más beneficios por sustentabilidad y perspectiva de género

La ley tiene un capítulo sobre sustentabilidad energética, que implica que los proyectos que cuenten con un plan de sustentabilidad energética aprobado podrán incrementar en hasta un 10% los incentivos anteriores, y otro sobre perspectiva de género, que habilite un fondo para otorgar becas de grado para carreras vinculadas con la actividad Hidrocaburíferas y reducción de aportes patronales para las empresas que incorporen la Perspectiva de Género en la composición de sus planteles directivos, técnicos y profesionales.

Fomento del empleo y la industria nacional

Con el objetivo de incrementar el Valor Agregado Nacional la ley crea un Régimen de Promoción del Empleo, el Trabajo y del Desarrollo de Proveedores Regionales y Nacionales de la Industria Hidrocarburífera.

Este régimen será de cumplimiento obligatorio y metas mensurables, con planes crecientes de incorporación de pymes y empresas regionales y nacionales en las cadenas de proveedores y planes de utilización de Bienes de Industria y Tecnología Nacional.

Además habrá un régimen de preferencia de contratación para empresas regionales y nacionales y un mecanismo abierto y participativo de control y seguimiento junto a sindicatos , autoridades provinciales y cámaras empresarias.

El proyecto enviado al Congreso prevé la concesión de almacenamiento subterráneo, que hasta ahora no estaba regulada, con la modificación de la ley 17.319, para que las provincias puedan realizar concesiones de almacenamiento subterráneo de hidrocarburos.

Al mismo tiempo, modifica la Ley 23.966 de Impuestos a los Combustibles Líquidos (ICL) para establecer el impuesto como alícuotas porcentuales del precio de los combustibles líquidos.

Ahora la discusión será legislativa con el lógico análisis de la denominada «Letra Chica» para determinar su sufre o no modificaciones en las cámaras.

www.bocadepozo.com.ar

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