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SERVICIOS PÚBLICOS

Se viene el Invierno y Sube la Luz: Cómo impactará en tu bolsillo el Nuevo Tarifazo Eléctrico a partir del 1ro. de Mayo.

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El gobierno aprobó los nuevos precios de la energía para los próximos seis meses. Te contamos en plata contante y sonante qué significa para tu factura.

¿Qué dice la resolución en términos técnicos?:

LA SECRETARIA DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Programación Estacional de Invierno Definitiva para el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) y el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA DEL SISTEMA TIERRA DEL FUEGO (MEMSTDF), correspondiente al período comprendido entre el 1° de mayo y el 31 de octubre de 2025, presentada por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) mediante la Nota N° P-55990-1.

Dicha Programación ha sido calculada conforme a los “PROCEDIMIENTOS PARA LA PROGRAMACIÓN DE LA OPERACIÓN, EL DESPACHO DE CARGAS Y EL CÁLCULO DE PRECIOS” (Los Procedimientos), establecidos en el Anexo I de la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y sus modificatorias y complementarias.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que, para el período comprendido entre el 1° de mayo y el 31 de octubre de 2025, los Precios de Referencia de la Potencia (POTREF) y el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) en el MEM, detallados en el Anexo I (IF-2025-43588907-APN-DNRYDSE#MEC) que integra esta medida, serán de aplicación a la demanda de energía eléctrica declarada por los Agentes Distribuidores y/o Prestadores del Servicio Público de Distribución del MEM. Esto incluye tanto el abastecimiento a sus propios usuarios como a los de otros prestadores del servicio público de distribución dentro de su área de influencia o concesión.

El Precio Estabilizado de la Energía (PEE), junto con el Precio de Referencia de la Potencia (POTREF) y el Precio Estabilizado del Transporte (PET), deberán ser utilizados para su correspondiente aplicación en los cuadros tarifarios de los Agentes Distribuidores y otros Prestadores del Servicio Público de Distribución que lo requieran, conforme a lo dispuesto en la Resolución N° 137 de fecha 30 de noviembre de 1992 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que, para el período comprendido entre el 1° de mayo y el 31 de octubre de 2025, los Precios de Referencia de la Potencia (POTREF) y el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) en el MEMSTDF serán de aplicación a la demanda de energía eléctrica declarada por los Agentes Distribuidores y/o Prestadores del Servicio Público de Distribución del MEMSTDF. Esto incluye tanto el abastecimiento a sus propios usuarios como a los de otros prestadores del servicio público de distribución dentro de su área de influencia o concesión. Los valores correspondientes se establecen en el Anexo II (IF-2025-43594509-APN-DNRYDSE#MEC), que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- Establécese que, para el período comprendido entre el 1° de mayo y el 31 de octubre de 2025, los valores correspondientes a cada Agente Distribuidor del MEM por el Servicio Público de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión y por Distribución Troncal serán los establecidos en el Anexo III (IF-2025-43592602-APN-DNRYDSE#MEC), el cual forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 5°.- Establécese que, para el período comprendido entre el 1° de mayo y el 31 de octubre de 2025, los Precios sin Subsidio detallados en el Anexo IV (IF-2025-44469113-APN-DNRYDSE#MEC) que integra esta medida, serán de aplicación para que las distribuidoras de jurisdicción federal reflejen en las facturas de sus usuarios el monto del subsidio correspondiente, el cual deberá identificarse como “Subsidio Estado Nacional”. Asimismo, dichos precios serán de referencia para los prestadores del servicio público de distribución de las provincias.

ARTÍCULO 6°.- Mantiénense vigentes los Artículos 5° y 6° de la Resolución N° 54 de fecha 1° de febrero de 2023 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 7°.- Notifíquese a CAMMESA, a la Asociación de Entes Reguladores Eléctricos, a los Entes Reguladores Provinciales, a la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios Públicos de Río Grande Limitada, y a la Dirección Provincial de Energía de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR. Asimismo, notifíquese a la totalidad de las empresas prestadoras del servicio público de distribución de energía eléctrica, ya sean cooperativas, concesionarias u organismos dependientes de gobiernos provinciales.

Comuníquese, además, al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

María Carmen Tettamanti

Lo que tenés que saber en criollo

Ayer se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 171/2025

RESOL-2025-171-APN-SE#MEC de la Secretaría de Energía, que fija cómo se va a manejar el mercado eléctrico desde el 1° de mayo hasta el 31 de octubre. Acá va la traducción de lo que realmente importa:

  1. Los precios de la luz ya tienen fecha de aumento
    • Se establecieron los nuevos Precios Estabilizados de Energía (PEE) y Precios de Referencia de Potencia (POTREF). En criollo: la base sobre la que se calcula lo que pagás.
    • Las distribuidoras (como Edenor, Edesur o las cooperativas) ya tienen la orden de ajustar sus cuadros tarifarios.
  2. Tierra del Fuego tiene números especiales (pero no mejores)
    • El sistema eléctrico fueguino (MEMSTDF) también actualiza sus valores.
    • Para los usuarios, esto se traduce en que la boleta seguirá pesada, especialmente en plena temporada invernal.
  3. El subsidio aparece en la factura (pero cada vez menos)
    • Las empresas deberán detallar cuánto pone el Estado en la parte de «Subsidio Estado Nacional«.
    • Los «Precios sin Subsidio» ya están calculados (Anexo IV), lo que indica que el ajuste sigue su curso.

¿Por qué esto es un problema?

  • Viene en el peor momento: Justo cuando arranca el frío y el consumo se dispara por la calefacción.
  • Es un aumento encubierto: Aunque no se anuncie un porcentaje exacto, estos cambios siempre terminan en la factura.
  • Tierra del Fuego no se salva: La provincia ya arrastra problemas de suministro y ahora suma tarifas más altas.

¿Qué podés esperar?

🔹 Una factura más desglosada (pero no necesariamente más barata).
🔹 Menos ayuda del Estado: Los subsidios siguen en retirada.
🔹 Protestas en camino: Usuarios y asociaciones ya anticipan reclamos.


El dato clave

Mientras CAMMESA y las distribuidoras ajustan números, los usuarios son los que siempre terminan pagando el pato. Si el invierno pasado lloraste con la factura, preparate: este año viene peor.

📌 ¿Querés saber exactamente cuánto aumentará tu consumo? Buscá en el Boletín Oficial (Anexo IV) o esperá la próxima factura… con un pañuelo a mano.

🔍 *Fuente: Resolución 55/2025 Secretaría de Energía, BORA 29/04/2025.*

www.bocadepozo.com.ar

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